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Historia de Villapalacios. Documentos.

‘Que sea arrastrado por un caballo, ahorcado del pescuezo hasta morir y se le corte la mano derecha’

Un vecino de Villapalacios fue condenado a la pena capital en 1749 y otros dos a destierro
y cárcel, tras el asesinato de Tomás Ruiz de un tiro junto a la almena del castillo

 

 

 

Por José Ángel Montañés. 16 de diciembre de 2024

 

 

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Desmembramiento y arrastre de San Hipólito, atado de pies y manos a cuatro caballos que tiran en sentido contrario, en una obra pintada en el siglo XV por Dirk Bouts que reproduce la leyenda del martirio de este santo.

 

 

rojo Hasta hace poco tiempo, en España se impartían penas de gran dureza a las personas que cometían delitos, más allá de la privación de libertad: envío de por vida a galeras o a realizar trabajos forzosos; destierro durante años lejos de sus pueblos y ciudades; confiscación de todos sus bienes; imposición de grandes penas económicas y castigos corporales, desde azotes, desmembramientos y amputaciones, sobre todo de la mano derecha, que se suponía que era la autora del delito. No faltaban otros castigos nada placenteros como el atravesar la lengua con un hierro cadente, y, sobre todo, la condena a muerte, sea decapitado, fusilado, ahorcado o a garrote vil.

No hace tanto, en 1939, tras la Guerra Civil, los ganadores obligaron a los vencidos a trabajar en alguno de los 250 - 300 campos de concentración repartidos por toda España. Y hace mucho menos, en 1974, apenas hace 50 años, que Salvador Puig Antich fue condenado a morir a garrote vil, convirtiéndose en una de las últimas personas ajusticiada en nuestro país.

 

 

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Ejecución de ocho acusados y condenados por conspirar contra Gran Bretaña en enero de 1606. Fueron arrastrados por caballos, quemados en la hoguera y ahorcados. / NATIONAL PORTRAID GALLERY OF LONDON.

 

Un caso en Villapalacios.

La documentación conservada de Villapalacios nos proporciona un suceso que tiene que ver con todo esto; un asesinato en el que se aplicaron penas máximas para los acusados y condenados de haber participado en él. El principal culpable fue, tras ser arrestado y llevado a la cárcel, arrastrado por las principales calles del pueblo atado, soga al cuello, a la cola de un caballo, mientras el pregonero gritara cuál había sido su delito. Luego, fue ahorcado hasta morir y, después, se le amputó la mano derecha, además de confiscarle la mitad de sus bienes. A sus dos cómplices los condenaron a ocho y cuatro años de destierro del pueblo y prisión, respetivamente. (1)

Así ocurrieron los hechos, según aparecen recogidos en el documento conservado:

El 4 de marzo de 1749 el alcalde ordinario de villapalacios, Antonio Pérez de Águila tuvo noticia de que había sido localizado un hombre «con algunas heridas en el castillo de esta en el sitio de la almena sola» (2). Tras personarse en el lugar comprobó que el herido era Tomás Ruiz, oficial de la villa, que, en ese momento, estaba «vivo, sin sentido».

Tras personarse allí también el cirujano Francisco Pretel comprobó que tenía «una herida en un costado que lo atravesó de parte a parte producida por un arcabuz o escopeta», algo que, irremediablemente, le causó la muerte poco después, «pues la herida era mortal».

De estos hechos luctuosos, al parecer hubo testigos:

José Pozo declaró que «desde el puente del castillo de esta vio cerca de la almena sola a José Garrido de Paz y a Josefa Tomasa Gimenez, mujer de Juan Martínez de Moya, tirándole de la capa y cayó rodando Tomás Ruiz y oyó tirar un tiro y vio correr al Garrido con un puñal en la mano». (3)

El testigo contó como «el tal Paz y el muerto estuvieron bebiendo vino y comiendo».

Según se recoge en el documento Josefa declaró que Garrido había matado a Tomás Ruiz de un tiro de escopeta.

 

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Lugar en el mapa donde siempre se ha dicho en Villapalacios que estaban situadas las horcas en esta localidad.

 

Tras estas declaraciones se abrió causa criminal: «en el pleito y causa criminal que es entre partes de la una Francisco Calabria, promotor fiscal de esta audiencia, por la otra, los reos acusados Juan Martínez de Moya y Josefa Tomasa Gimenez y José Garrido, para ver si hubo alevosía en la muerte de Tomás Ruiz». Todos, se explica en el texto, eran «vecinos desta villa».

En el documento, que es una especie de breve crónica de lo que pasó, explica cómo, al final se condenó a José Garrido de Paz a que

De la parte donde pueda ser hallado sea traído a la cárcel de esta villa y de ella se ha sacado rastrando por a la cola de un caballo por las calles públicas acostumbradas, soga al cuello, y voz de pregonero que manifieste sus delitos hasta llegar al sitio acostumbrado donde estará la horca prevenida dónde sea ahorcado del pescuezo hasta que muera naturalmente y le sea cortada la mano derecha y puesta donde cometió el delito. Y así mismo, le condenó en la mitad de sus vienes para la Cámara y fisco de su majestad en la forma contenida por las leyes y pragmáticas de estos reinos y por la culpa que de dichos autos resulta contra el dicho Juan Martínez de Moya y Josefa Tomasa Jiménez condeno a ella en 8 años de destierro y a él de dicho Juan en cuatro de esta villa y su jurisdicción.

Se obligaba a los condenados que esta orden «no la quebranten en sus propios pies ni ajenos de que dicho Juan las cumplirá en un presidio de África y la dicha Tomasa en una de estos reinos».

Eso sí, se pide que no se ejecute a José Garrido sin consultarlo con su Majestad ni los señores de la sala del crimen de la Real Cancillería de Granada (4) «y por ella definitivamente juzgando así lo pronuncio y mando con acuerdo y parecer del asesor nombrado que lo firma y no su merced que no sabe. Don Ginés Martínez Ponce. (5)

 

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Montículo donde se ha situado siempre la horca de Villapalacios. / JOSÉ ÁNGEL MONTAÑÉS

 

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NOTAS Y REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:

 

(1). Arxiu Municipal de Villapalacios (AMV). Actas Capitulares Villapalacios II (1531 - 1812). Doc. 40.

(2). En el texto se menciona, en dos ocasiones, que los hechos ocurrieron en el castillo, en la zona de la «almena sola». No sabemos como era el castillo fortaleza que mandó construir Pedro Manrique, II Conde de Paredes, en Villapalacios en el siglo XV, pero si que ya había una torre antes de esta construcción; quizá de origen andalusí o romano. En 1578, los vecinos que respondieron en Villapalacios a las Relaciones Topográficas de Felipe II es lo que dijeron: «En el sitio que esta esta villa estava una torre atalaya que descubre mucha tierra hasta el Reyno de Granada [...] la qual torre de atalaya esta oy dia enhiesta sy no que el conde de Paredes don Pedro Manrique hixo otra çerca y torre fortalexa alrrededor con quatro torres y una omenage en medio».

En Villapalacios siempre se ha llamado «la almena» a una construcción realizada con piedras irregulares y argamasa, que desapareció en los años ochenta del siglo XX, tras construir un muro perimetral en aquella zona que contemplaba una estructura semicircular que recuerda a la base de una torre redonda.

(3). El «puente Castillo» estaba y está situado fuera del casco urbano, sobre el río Mesta, justo debajo de la zona del castillo y de lo que en Villapalacios siempre ha sido «la almena»; en una de las curvas de la actual N-322, junto a la venta de Noguera.

(4). Tribunal de Justicia donde se dirimían todos los asuntos judiciales que ocurrían en las tierras situadas al sur del río Tajo.

(5). GARCÍA GONZÁLEZ, Francisco (1998). La Sierra de Alcaraz en el siglo XVIII: Población, familia y estructura agraria. Instituto de Estudios Albacetenses, Albacete. Serie I, Estudios. Núm. 105, pág. 227. Según el autor, Ginés Martínez Ponce, era procurador síndico, abogado y labrador de la villa de Bienservida, que tenía en 1753, 50 años.

 

 

 

 

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