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Historia de Villapalacios. Documentos

Acuerdo para no vender en 1585 el toro ‘padre’ del concejo por ser necesario para montar las vacas

Pese a los 22,5 ducados que ofrecían por el animal de siete años, la compra no se aprobó por no pagarse hasta el 15 de agosto, pasada la época de reproducción y no haber más sementales

 

Por José Ángel Montañés. Publicado el 29 de octubre de 2023

 

 

 

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Un toro semental de la raza retinta pastando en un campo de Extremadura.

 

En octubre de 1585, hace ya 438 años, los problemas del concejo de Villapalacios tenían que ver, como ahora, con temas de agricultura y con la ganadería. Es lo que podemos ver con un documento fechado el día 28 de ese mes; uno de los más antiguos que se concservan del concejo de Villapalacios. Se trata de un acta del acuerdo adoptado por los representantes municipales que velaban por el bien de la Res publica, el bien de todos. (1)

El asunto tratado no era otro que la venta del ‘toro padre’ que tenía el concejo en propiedad. La venta de este semental, comprado seguramente con la aportación de todos los propietarios de vacas del pueblo, se había planteado después de que hubiera una oferta de compra por 22,5 ducados por este bóvido.

El precio era considerable. Por aquellos momentos enterrarse en el mejor sitio del interior de la iglesia, a los pies del altar, junto a la capilla mayor costaba 10 ducados. Y este toro costaba el más del doble. (2)

El animal, que tenía siete años, estaba ya en la edad de ser sustituido por otro más joven y potente que garantizara la reproducción de las vacas. El problema era que quien quería comprarlo no abonaría la cantidad pactada hasta el día 15 de agosto del año siguiente de 1586.

Al ser el periodo reproductivo del toro con las vacas el mes de abril y mayo y ante la imposibilidad de poder comprar otro con el dinero que se iba a pagar, el concejo decidió no llevar adelanta la operación y quedarse con el animal que ya tenía.

 

 

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Toro de cinco años del concejo de Mesezar de Corneja, Ávila, en un grabado de 1857. /BNE

 

Como en muchas otras localidades, en el Villapalacios del siglo XVI existió la costumbre de contar con uno o dos toros para cubrir la vacada o boyada del concejo: el toro padre de las vacas, de ahí su nombre. Se trataba de una forma de economizar, ya que con un solo toro padre se aseguraba cada año la reproducción y los vecinos se ahorraban dinero y esfuerzo. El toro semantal era en etos momentos uno de los bienes comunes.

La vida reproductiva (optima) de este tipo de animales comenzaba cuando cumplía lo tres años y estaba en activo hasta que cumplía los 10; por lo que el de Villapalacios, con siete, todavía estaba en condiciones de seguir procreando. Al acabar su cometido, lo normal era capado o sacrificado para aprovechar la carne que se repartía entre los vecinos con ganado o se ponía a la venta en la carnicería del concejo. (3)

La vacada del concejo estaba formada por bueyes, vacas, novillos y becerros. Como casi todo que ocurría en el Villapalacios del siglo XVI, la tenencia y explotación de estos animales estaba reglada por unas normas. Cada año los alcaldes ordinarios y regidores del concejo tenían que escoger el guarda «para las cabras y vacas y bueyes y los demas ganados de los vecinos» que vigilaban que los animales pastaran en los sitios adecuados y no ocasionaran daños en los sembrados y cultivos.

En Villapalacios la vacada pastaba en la dehesa boyal de San Cristobal, un terreno municipal reservado para los animales destinados a los trabajos agrícolas y a la labranza. Se controlaba, y mucho, que estos y otros animales no entraran en los campos de cultivo porque ocasionaban importantes pérdidas. En caso de que lo hicieron se imponían importantes multas. En este momento si un buey entraba en un sitio no permitido se tenía que pagar «un rreal de noche y medio de dia saluo si trillaren o araren».

 

Jacinto Labairu Ederra, vecino de Uztárroz, Navarra, junto a un toro semental, durante un concurso provincial. La foto, tomada el 7 de septiembre de 1930, está obtenida del portal Cultura Navarra.

 

En el texto que nos ha llegado de las Ordenanzas Municipales, redactado en 1590 regociendo otras ordenanzas anteriores, se puede leer en el título de «los Boyaricos y Baqueros» que estos cuidadores del ganado estaban obligados a pagar si se perdía o «desgraciare» una res. Si el animal se perdía les obligaba al segundo día «a dar noticia a su dueño que no la pudo hallar para que se la ayude a buscar donde no que la pague y que si diere quenta al dueño quel dueño haga diligencia con el baquero y que sino la pudieren hallar que la pague y si se muriere res que entregue el cuero y la carne el baquero sea libre», por lo que la piel y la carne del animal eran la prueba de que el animal había muerto antesu dueño. (4)

Las ordenanzas obligaban a que todo vecino que tuviera menos de 15 vacas que las «echen al baquero añal o que pague de bacio al dicho baquero».

Las vacas tenían que estar en el pueblo «desde el dia del señor de sant bernaue hasta ssant miguel de quinze a quinze dias para dalles sal». O sea, desde el 15 de junio hasta el 29 de septiembre. Era el momento en el que sus dueños (aparte de darles sal, fundamental para su dieta ya uqe les suministra los nutrientes que no se obtienen en el pastoreo y contribuye de manera significativa en su desarrollo, crecimiento y reproducción), las podían visitar.

Los baqueros también eran los responsables de «si fuere nezessario traer algun nouillo entre el año el baquero lo traiga para que se castre».

 

TRANSCRIPCIÓN:

(Al margen)

Tenia el conzejo un toro padre para que lo XXX de las bacas de los vezinos y por ser de siete años determinaron el benderlo en 22 ducados y medio lo que se suspendio por no haber otro que comprar al presente año 1585.

Ayuntamiento sobre vender del toro

En la villa de billapalacios a veinte y ocho dias del mes de octubre de myll e quinientos y ochenta e zinco años este dia dentro de la sala del ayuntamiento della se juntaron los magnificos señores Juan lopez vallestero e miguel martinez alcaldes hordinarios que al presente son y martyn sanchez vallestero regidor e pero lopez osorio y cristobal martinez y alonso garcia vacarizo y hernan rodriguez  regidores concejo del año pasado e diego de cardenas e sebastian de rrioxa y alonso de la muela e vitor hernandez e juan sanchez vallestero e juan del zepillo todos vezinos desta villa y diputados del ayuntamiento tratando de las cosas que conbiene a el servicio de dios nuestro señor y bien y pro de la republica dixeron queste concejo tiene un toro de hedad de siete años por el qual dan de conpra veinte y dos ducados y medio pagados el dia de nuestra señora de agosto del año que biene de quinientos y ochenta y seys anos y porque a el tiempo de la paga del con el dinero no abia horden de comprarse otro porque el dicho toro a de ser nezesario para el tomar de las vacas los meses de abril e mayo e comunicado lo ques en ello mas conbiene dixeron que el concejo tiene de presente nezesidad que no puede conprar toro y que se es nuebo para serbirse del todos de un boto parezer avido su aquerdo y en ello dixeron que no se benda y que a la persona que lo tubiere puesto se de por libre del su postura y lo firmaron de sus nombres los que supieron

(firmas) al lado se le añade el cargo  

Juan Lopez Ballestero (alcalde ordinario) / Pedro Lopez Osorio (regidor del año pasado) / Alfonso Garcia Vacarizo (regidor del año pasado) / Hernan Rodríguez (regidor del año pasado) / Diego de Cardenas (diputado) / Sebastian Alfonso de Rioja (diputado)

Pasó ante mi: Joan Perez escribano

(no firman) Miguel Martínez (alcalde ordinario) / Martín Sánchez Ballestero (regidor) / Cristobal Martínez (regidor del año pasado) / Alonso de la Muela (diputado) /  Victor Fernandez (diputado) / Juan Sánchez Ballestero (diputado) y Juan del Cepillo (diputado)

 

 

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Toro semental de la raza inglesa Durhan de seis años y 1.010 libras (458 kilos) de peso propiedad de Gerónimo Martínez. Jerez de la Frontera, Cádiz, según la cartela del grabado de 1856.

 

 

 

REFERENCIAS:

(1). Archivo Municipal de Villapalacios. Acuerdo para vender un toro padre del concejo. 28 de octubre de 1585. Actas capitulares de Villapalacios, I (1585- 1612). fol. 2v.

(2). Archivo Histórico Diocesano de Albacete. Razon de las sepolturas que ay en la yglesia de Villa Palacios. Aprox. 1568. Libro de bautismos I (1548-1568), sin paginar.

(3). José Luis González. La vacada del Concejo y Villanueva del Duque. 2011

(4). Archivo Municipal de Villapalacios. Ordenanzas Municipales de 1590. Acta capitulares de Villapalacios II (1531-1812). Documento 13, fol. 28 y 28v.

 

 

 

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